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Ayudas a la Digitalización: Convocatoria 2020 - Tecnologías Habilitadoras Digitales

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La Entidad Pública Empresarial Red.es, adscrita al Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, en el marco de la Acción Estratégica de Economía y Sociedad Digital del Programa Estatal de I+D+i, ha aprobado la convocatoria de ayudas 2020 por importe de 35M€, para el desarrollo tecnológico basado en inteligencia artificial y otras tecnologías habilitadoras digitales. La convocatoria estará abierta hasta el 30 de septiembre de 2020.

 


Las tecnologías habilitadoras digitales y, en especial, la Inteligencia Artificial, suponen avances tecnológicos que van a modificar enormemente el trabajo, cambiando las relaciones de empleo vinculadas con ellas, pero que, a su vez, se convertirán en un motor para la creación de puestos de trabajo afectando de manera transversal a sectores como el sanitario, la administración o el sector educativo.


 


1.PRESUPUESTO DE LA CONVOCATORIA:


El presupuesto total de las ayudas asciende a la cantidad de 35.000.000 €, distribuidos de la siguiente forma:


-Regiones menos desarrolladas (Extremadura) y en transición (Andalucía, Canarias, Castilla-La Mancha, Ciudad Autónoma de Melilla y Región de Murcia): 12.000.000 €.


-Resto de las regiones de España: 23.000.000 €.


2.OBJETO DE LA AYUDA:


Financiar la realización de proyectos de desarrollo experimental basados en tecnologías habilitadoras digitales (THD) incluyendo la creación de prototipos, la demostración, la elaboración de proyectos piloto, el ensayo y la validación de productos, procesos o servicios nuevos o mejorados, en entornos representativos de condiciones reales de funcionamiento, siempre que el objetivo principal sea aportar nuevas mejoras técnicas a productos, procesos o servicios que no estén sustancialmente asentados.


Asimismo, los proyectos pueden incluir el desarrollo de prototipos o proyectos piloto que puedan utilizarse comercialmente cuando sean necesariamente el producto comercial final y su fabricación resulte demasiado onerosa para su uso exclusivo con fines de demostración y validación.


Los proyectos deben contemplar actividades de desarrollo y mejora funcional. No se considerarán proyectos meramente integradores de tecnologías de terceros.


3.BENEFICIARIOS:


Empresas ubicadas en territorio español que realicen alguna de las siguientes actuaciones:


1-Actuaciones para el desarrollo funcional de su producto o solución tecnológica, orientadas a la mejora funcional, la seguridad, la estabilidad y la madurez de la solución tecnológica. En ningún caso se aceptará la mera prestación de servicios.


2-Actuaciones de desarrollo encaminadas a la validación, certificación y puesta en marcha de prototipos en entornos reales de producción.


3-Dada la dependencia de algunas de las tecnologías habilitadoras con la disponibilidad de datos de valor en formatos reutilizables y de la importancia del desarrollo de la economía basada en datos, actuaciones encaminadas a la adaptación y puesta a disposición de datos necesarios para la solución propuesta, permitiendo de esta forma la validación y certificación de los prototipos en entornos reales.


4.PROYECTOS SUBVENCIONABLES:


Proyectos en el ámbito del desarrollo de la oferta tecnológica basada en TECNOLOGÍAS HABILITADORAS DIGITALES (THD):


Son consideradas tecnologías habilitadoras digitales las siguientes:


a) Internet de Las Cosas (Iot).


b) Tecnologías 5g.


c) Tecnologías de Procesamiento Masivo De Datos e Información (Open/Linked/Big Data).


d) Computación de Alto Rendimiento (High Performance Computing).


e) Computación en la Nube.


f) Procesamiento de Lenguaje Natural.


g) Ciberseguridad.


h) Biometría e Identidad Digital.


i) Blockchain (Cadena De Bloques).


j) Robótica.


k) Inteligencia Artificial (Machine Learning, Deep Learning, Neural Networks).


l) Realidad Virtual y Aumentada.


m) Efectos Especiales y Simulación | Micro/Nanoelectrónica | Impresión 3d-Fabricación Aditiva.


Los proyectos a financiar deben desarrollarse en un grado de madurez tecnológica TRL -Technology Readiness Level- 7 u 8.


5.GASTOS SUBVENCIONABLES:


-Costes de personal: Trabajadores con contrato laboral con el beneficiario que cobren por nómina, así como gastos de los socios que trabajen en la entidad beneficiaria.


-Costes de servicios prestados por personal externo, contrataciones y subcontrataciones (Limitado al 40% del importe del presupuesto subvencionable).


-Costes asociados a informes de auditoría externa.


-Costes de instrumental y material inventariable en la medida y durante el período en que se utilicen para el proyecto (Amortización).


-Costes indirectos: incluye los costes generales suplementarios y otros gastos de explotación adicionales que, sin ser imputables a una actividad subvencionada concreta, son necesarios para que esta se lleve a cabo.


6.CUANTÍA DE LA SUBVENCIÓN:


El presupuesto mínimo del proyecto será de 150.000€ y el máximo de 3.000.000€.


La intensidad máxima de la ayuda será la siguiente:


1-Pequeñas empresas (45%).


2-Medianas empresas (35%).


3-Empresas NO PYME (25%).


7.PLAZO DE EJECUCIÓN DE LOS PROYECTOS:


A partir de la solicitud hasta doce (12) meses después de la fecha de publicación de la Resolución de Convocatoria.


**Para aquellos beneficiarios que lo soliciten, Red.es realizará un pago anticipado del 40% del total de la ayuda concedida que tendrá la consideración de pago a cuenta.


8-PLAZO DE SOLICITUD DE LA AYUDA:


-Plazo presentación solicitudes: Hasta el 30 de septiembre de 2020.


-Régimen de concesión: Concurrencia Competitiva.


¿CÓMO TE AYUDAMOS?


Si estás interesado, escríbenos a corporate.grants@afinnovacion.com. Te apoyaremos de forma GRATUITA para conocer si puedes aplicar, te acompañaremos en el proceso y gestionaremos la solicitud SIEMPRE A ÉXITO.